DISFRUTEN DE UN NUEVO PETTORUTI

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29 de mayo de 2009

AGRADECIMIENTO A RUBEN BETBEDER (*)

En la argentina de hoy no se acostumbra agradecer nada. Ya no es algo que brote naturalmente de la gente. Ya no se estila. Pero no debe llamar la atención en un país donde se ha perdido el respeto a la ley y la autoridad y menos aún frente a la terrible crisis ética y moral de la clase dirigente.
Nosotros, la famila de EMILIO PETTORUTI, sí agradecemos y somos agradecidos.
Por ello es que expresamos nuestra sincera gratitud al Director del Museo Provincial de Bellas Artes don RUBEN BETBEDER por su incansable entusiasmo y por su desinteresada gestión sin la cual, la asignación del nombre al Museo no se hubiera concretado.
Cabe destacar que no une a la familia lazo de parentesco ni lejano ni cercano con Ruben Betbeder, no existe añosa amistad, no existe una comunidad de ideas políticas, ni siquiera nos une el hinchar por el mismo cuadro. Bueno... sí hinchamos por los mismos cuadros, los de EMILIO, y justamente ello es lo que nos une (y no es poco) y en definitiva es lo que ha cristalizado el cariño de la familia y el entusiasmo de Ruben Betbeder por el Museo de Bellas Artes.
En nombre de la familia Pettoruti -y del propio Emilio- , gracias!, siempre reconoceremos su gestión.




(*) Por Juan José Pettoruti

EL ARTE DE LA INTERPRETACION Y LA INTERPRETACION DEL ARTE (*)

(Algunas reflexiones sobre Arte y Derecho)

En el año 1947, Jerome Frank (1889-1957), un destacado jurista norteamericano, escribió un artículo titulado “Palabras y Música. Algunas observaciones sobre la interpretación normativa” (Words and Music: Some remarks on statutory interpretation). Puede resultar curioso este paralelismo entre dos disciplinas tan distintas como la Música (y el Arte en general) y el Derecho, pero lo cierto es que el planteo de este autor es que la fexibilidad que se presenta en las situaciones jurídicas hace que la interpretación del Derecho se halle más cerca del arte que de la ciencia.
Propone Frank que la relación entre compositor e intérprete es similar a la vinculación que se presenta entre el legislador y el juez: el primero no puede bastarse a si mismo, sino que debe dejar la interpretación a cargo de otros, principalmente los tribunales, quienes son los que -desde la perspectiva del realismo jurídico- efectivizan el Derecho a través de sus decisiones. El Derecho cobra vida con el dictado de la sentencia, de la misma forma que –siguiendo a Herbage- “la música no existe hasta que es ejecutada”.
De la misma forma que en el ámbito jurídico resulta inevitable la actividad interpretativa para adecuar las normas a las situaciones concretas, en el ámbito de la música -y también del arte en general- resulta inevitable la influencia de la vivencia del intérprete sobre la obra.
Por otra parte, el iusfilósofo argentino Carlos Cossio (1903-1987) también sugirió la similitud entre la creación del juez y del pianista en un artículo titulado “Fenomenología de la Sentencia”, publicado el mismo año en que Frank editó su “Words and Music”. Cossio desarrolló una filosofía jurídica culturalista, es decir, consideraba al Derecho como un objeto cultural, al igual que la obra de arte, y para la “comprensión” de ambas, proponía el método empírico-dialéctico que consistían en relacionar el sustrato material de la obra artística o del Derecho, con su sentido valioso.
Tal vez, si aquellos que en 1924 vituperaron y escupieron la obra de Emilio Pettoruti (1892-1971) hubiesen ejercitado el arte de la interpretación tal y como lo plantearon sus coetáneos Frank y Cossio, podrían haber superado su ceguera artística y lograr lo que les faltó para interpretar esa nueva expresión de la pintura, para poder, en definitiva “comprender” su obra.


(*) Por Carlos Enrique Pettoruti

28 de mayo de 2009

Catálogo realizado por el Museo Provincial de Bellas Artes "Emilio Pettoruti" para arteBA´09